septiembre 25, 2025

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MINISTERIO DE TRABAJO DISPONE EL RETORNO AL HORARIO LABORAN DISCONTINUO.

El Ministerio de Trabajo, mediante la Resolución 264/23, determinó suspender el horario continuo laboral que había sido implementado por la pandemia de la Covid-19 y retornar al horario discontinuo a partir del lunes 6 de marzo.
El horario continuo estaba vigente en Bolivia como medida de bioseguridad por la Covid-19.

Un informe destaca que la tasa de incidencia va en descenso, habiéndose reducido la tasa de letalidad en la sexta ola de la pandemia y que no existe una relación entre la ocurrencia de casos y el horario de trabajo continuo.
En ese marco, se concluyó que corresponde suspender la aplicación de la jornada laboral en horario continuo, tanto en el sector público como en el sector privado, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
La resolución aclara que empresas y establecimientos laborales del sector privado podrán adecuar sus actividades tanto en el horario de ingreso y de salida de sus trabajadoras y trabajadores, de acuerdo a la naturaleza de sus actividades.  

Entretanto, las Instituciones y empresas públicas que requieran la aplicación de la jornada laboral especial o excepcional, deberán sujetarse a lo establecido por el artículo 2 del Decreto Supremo 29197, el cual establece la tuición del Ministerio de Trabajo en la reglamentación.